domingo, 8 de marzo de 2009

Ley Revolucionaria de Mujeres


Leo en Kaosenlared, que tras casi un año de discusiones y consensos, a cargo de una mujer indígena tzotzil, Susana, encargada de recorrer las comunidades y hablar con las mujeres, el Comité Clandestino Revolucionario Indígena (CCRI) aprobó la Ley Revolucionaria de Mujeres en marzo de 1993:

Ley Revolucionaria de Mujeres:

Primero: Las mujeres, sin importar su raza, credo, color o filiación política, tienen derecho a participar en la lucha revolucionaria en el lugar y grado que su voluntad y capacidad determinen.

Segundo: Las mujeres tienen derecho de trabajar y recibir un salario justo.

Tercero: Las mujeres tienen derecho a decidir el número de hijos que pueden tener y cuidar.

Cuarto: Las mujeres tienen derecho a participar en los asuntos de la comunidad y tener cargo si son elegidas libre y democráticamente.

Quinto: Las mujeres y sus hijos tienen derecho a atención primaria en su salud y alimentación.

Sexto: Las mujeres tienen derecho a la educación.

Séptimo: Las mujeres tienen derecho a elegir su pareja y a no ser obligadas por la fuerza a contraer matrimonio.

Octavo: Ninguna mujer podrá ser golpeada o maltratada físicamente ni por familiares ni por extraños. Los delitos de intento de violación o violación serán castigados severamente.

Noveno: Las mujeres podrán ocupar cargos de dirección en la organización y tener grados militares en las fuerzas armadas revolucionarias.

Décimo: Las mujeres tendrán todos los derechos y obligaciones que señalan las leyes y reglamentos revolucionarios.




2 comentarios:

GolondrinaAzul dijo...

Muy buena publicación, excelentes las fotos como siempre :)

Fanega dijo...

;-)